Plebiscito 2020

Plebiscito 2020: ¿Puedo presentarme voluntariamente para ser vocal de mesa?

Plebiscito 2020: ¿Puedo presentarme voluntariamente para ser vocal de mesa?
T13
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Según indicó el presidente del Consejo Directivo del Servel en T13 AM, los interesados tienen que ofrecerse en la oficina del delegado de la Junta Electoral.

El Servicio Electoral (Servel) dio a conocer el sábado 10 de octubre la nómina definitiva de las personas convocadas a ser vocales de mesa en el plebiscito constitucional que se realizará el próximo domingo 25 de octubre, y que definirá si Chile tendrá o no una nueva Constitución.

Si bien en esta etapa ya no es posible presentar excusas, es probable que muchas personas no se presenten a cumplir sus respectivas funciones por distintas razones.

En este sentido, Patricio Santa María, presidente Consejo Directivo del Servel, dijo en T13 AM, que si hay ciudadanos que quieran ser voluntarios, podrán presentarse a primera hora del domingo 25 de octubre en el local donde les corresponde votar.

“Todas las personas jóvenes que tengan interés en cumplir el rol de vocales de mesa, pueden asistir el día 25 de octubre entre las 7:30 y las 8:00 horas y ofrecerse voluntariamente para ser vocales en el local donde le corresponda votar”, explicó Santa María.

Plebiscito 2020: ¿Puedo presentarme voluntariamente para ser vocal de mesa?

¿Cómo hacerlo?

Según el presidente del Consejo Directivo del Servel, los interesados tienen que ofrecerse en la oficina del delegado de la Junta Electoral.

“El delegado por ley tiene que instalar las mesas y donde falten los vocales que han sido nominados, debe nombrar primero a las personas que voluntariamente se ofrecen para cumplir esa tarea e instalar las mesas con tres vocales, y también poder completarla si es posible con hasta cinco por las distintas funciones que van a tener que hacer”, precisó.

Y añadió: “Si no tiene personas que se ofrezcan, puede obligar a las personas que lleguen al local a votar”.

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¿Me puedo excusar del segundo llamado?

En esta etapa ya no es posible presentar excusas. Sin embargo, si alguna persona incurriere en alguna de las causales de excusa consideradas en la primera etapa deberá reunir antecedentes que permitan acreditar su situación una vez que sea citado al Juzgado de Policía Local si es denunciado por la junta.

Las causales de excusas son: tener 60 años de edad o más; las mujeres embarazadas (cualquiera sea el tiempo de gestación); cuidadores de personas que requieran cuidados especiales; personas que estén física o mentalmente imposibilitados para cumplir esta labor; estar fuera del país o alejado de la ciudad de votación en al menos 300 kilómetros y también si la personas debe cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día del plebiscito.

Por otro lado, el Servel no podrá nominar como vocales de mesa a quienes se desempeñen en cargos de representación popular; tampoco a Ministros de Estado, subsecretarios, intendentes, gobernadores y consejeros regionales.