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Caso Penta: Ex funcionario del SII Iván Álvarez es condenado a 5 años de Libertad Vigilada

Caso Penta: Ex funcionario del SII Iván Álvarez es condenado a 5 años de Libertad Vigilada
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El ex fiscalizador del servicio tendrá que pagar una multa de $80 millones y otra de $267 millones, tras acceder a un juicio abreviado. Se trata de la segunda condena del caso.

Este martes se conoció la segunda condena del Caso Penta. Esto luego que el ex fiscalizador del SII Iván Álvarez accediera a un juicio abreviado en el marco de la indagatoria por delitos reiterados y consumados de cohecho pasivo, lavado de dinero y devoluciones de impuestos improcedentes. Ilícitos perpetrados entre junio de 2007 y diciembre de 2012.

Según la fiscalía, Álvarez habría utilizado un mecanismo informático para evadir dineros ante el Servicio de Impuestos Internos, en favor del holding Penta. 

El 8° juzgado de garantía de Santiago le fijó una condena de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada. Junto con esto, se le fijaron dos multas:

  • Una por $80.000.000, monto que corresponde al doble del provecho solicitado o aceptado.
  • La segunda por $267.947.802, correspondiente al total del monto defraudado por el delito tributario.

Junto con esto, se le fijó al ingeniero la inhabilitación absoluta para ejercer cargos u oficios públicos por cinco años, además de la inhabilitación perpetua para ejercer sus derechos políticos.

El dictamen señala que Álvarez deberá cumplir la pena sustitutiva dando cumplimiento estricto a un "programa de actividades orientado a su reinserción social en el ámbito personal, comunitario y laboral a través de una intervención individualizada y bajo la aplicación de las condiciones especiales", según establece el fallo.

Asimismo, el tribunal prohibió al condenado concurrir "los domicilios donde operan las empresas que están ligadas a la presente investigación y que han sido mencionadas en la acusación, empresas todas pertenecientes al grupo Penta, como también a las empresas pertenecientes al imputado Hugo Bravo López, y que corresponde a Challico y Santa Sarella".

Junto con esto se le prohíbe aproximarse al resto de los imputados del caso mientras se cumpla el plazo de los cinco años de condena. 

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