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Comisión de Convención aprueba nuevo Sistema Universal de Salud y derecho a la educación ancestral

Comisión de Convención aprueba nuevo Sistema Universal de Salud y derecho a la educación ancestral
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Por el contrario, los convencionales rechazaron la norma que permitía al Estado garantizar el acceso a una educación sexual integral y de derecho preferente de los padres a educar a sus hijos.

Durante la jornada de este miércoles, la Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional aprobó en general cuatro normas relacionadas a salud y educación, las que quedaron plasmadas en el borrador de la nueva Carta Magna que podría regir el país durante los próximos años de ser aprobada en septiembre por la ciudadanía. 

Normas de Salud

Una de las iniciativas señala que "el Estado de Chile reconoce el derecho de toda la población al disfrute del más alto nivel posible de salud física, mental, espiritual, sexual y reproductiva de acuerdo a su origen cultural, y en un medioambiente saludable. Esto con el fin de que todas y todos puedan gozar del bienestar necesario para ser igualmente libres".

Además, el texto indica la existencia de un "Sistema único y Universal de Salud", el que es de carácter público. Este deberá ser financiado "a través de un fondo único que mancomune las cotizaciones de la población con impuestos generales. Estos se destinarán íntegramente a este sistema, avanzando hacia un modelo de financiamiento basado en impuestos generales de carácter progresivo y bajo los principios de la seguridad social".

La instancia también aprobó una iniciativa del Colectivo Socialista, Frente Amplio e Independientes No Neutrales que asegura a todas las personas el "derecho a la salud integral". 

Este estipula que el Estado deberá hacerse cargo de este derecho mediante un sistema universal de salud de carácter nacional, público e integrado, cuyos principios son la "equidad, universalidad, solidaridad, integralidad, interculturalidad, pertinencia territorial, descentralización, eficacia, calidad, enfoque de género, progresividad y no discriminación".

El documento asegura que le corresponderá al Estado la función de rectoría del sistema de salud y la regulación, supervisión y fiscalización de la norma en las instituciones públicas y privadas. 

Su financiamiento será a través de las "rentas generales de la Nación". Ademásla ley podría determinar el cobro obligatorio de cotizaciones a empleadoras y trabajadores "con el solo objeto de aportar solidariamente al financiamiento de este sistema".

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Normas de Educación

La comisión además aprobó la iniciativa indígena constituyente que indica que "las primeras naciones, a través de sus instituciones autónomas, tienen derecho a establecer, desarrollar, controlar y proyectar sus sistemas de educación ancestral en el marco de su propia comprensión y configuración de mundo".

Segú el texto, el Estado deberá adoptar "medidas apropiadas para garantizar que las nuevas generaciones sean educadas por las familias e instituciones tradicionales propias del territorio, en el marco de sus saberes, lenguas y conocimientos ancestrales".

También se garantizó que el Estado de Chile podrá reconocer a los educadores ancestrales de los pueblos indígenas y promueve su enseñanza, diferenciándolos por el territorio a cual estos tienen pertinencia".

Por el contario, los convencionales rechazaron la norma que permitía al Estado garantizar el derecho a la educación, además del acceso a una educación sexual integral y de derecho preferente de los padres a educar a sus hijos. 

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