Asociación Nacional de Fiscales hace dura crítica a fallo de la Corte de Antofagasta que provocó salida de Cooper en caso ProCultura
Resolución de la Corte de Antofagasta. El viernes 16 de mayo la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió un recurso de amparo presentado por la siquiatra Josefina Huneeus cuestionando las interceptaciones telefónicas de las que fue objeto desde octubre y que incluyeron un diálogo con el Presidente Gabriel Boric.
- La decisión de la primera sala, suscrita unánimemente, fue firmada por los ministros Virginia Soublette y Jaime Rojas y el fiscal judicial Rodrigo Padilla, quienes objetaron las sucesivas autorizaciones dadas por la jueza Sissi Bertoglio-Talap para grabar entre octubre y febrero las conversaciones de la ex esposa del cofundador ProCultura Alberto Larraín.
- La interceptación a Huneeus comenzó por un aparente error, lo que dio origen a la alegación del abogado Alejandro Awad, defensor de Huneeus, de que se trató de una escucha ilegal a un testigo.
- La resolución señala que “no solo se ha infringido la obligación general de fundamentación que ordena el artículo 36 del Código Procesal Penal y todos y cada uno de los requisitos y obligaciones que impone el artículo 222 del mismo texto legal, sino que se han validado actuaciones policiales al amparo de quien dirige la investigación, propias de tiempos pretéritos de la República, donde las garantías fundamentales de los ciudadanos eran vulnerados por agentes del propio Estado”.
- Agrega que “no se pueden aceptar las explicaciones dadas en la vista del recurso, cuando invocándose el ‘principio de objetividad’, se pretende que el tribunal admita que los agentes policiales a cargo de ejecutar la medida intrusiva decretada tardaron casi dos semanas en ‘advertir’, ‘comprobar’ o ‘darse cuenta’, que el usuario de la línea interceptada no era el ‘imputado Larraín’ sino su excónyuge Josefina Huneeus”.
- Cuatro horas después de que se diera a conocer la resolución de la Corte, el Fiscal Regional de Coquimbo, Patricio Cooper fue removido del caso ProCultura por parte del fiscal nacional Ángel Valencia.
- En reemplazo de Cooper fue nombrado el fiscal regional de Antofagasta Juan Castro Bekios, quien ya estaba llevando el caso Democracia Viva -que se originó precisamente en esa región- , arista madre del Caso Convenio, donde recientemente pidió prisión preventiva para la desaforada diputada ex-FA Catalina Pérez.

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Apelación del ministerio público. En su primera determinación relacionada con el caso Procultura, el fiscal Castro Bekios recurrió a la Corte Suprema para apelar la resolución de la Corte de Antofagasta.
- En su argumentación, el ministerio público señaló que hubo “agravio” en esa resolución y que contenía expresiones “que encuentran sintonía con opiniones personales o consideraciones de orden político”.
Crítica de la Asociación de Fiscales. En este marco, el directorio de la Asociación Nacional de Fiscales emitió este fin de semana una declaración pública donde señala que “ha observado con preocupación la reasignación de la investigación del llamado caso ProCultura que encabezaba el fiscal regional de Coquimbo, Patricio Cooper, a raíz del fallo de la ilustrísima Corte de Apelaciones de Antofagasta que, en parte de sus fundamentos, emite opiniones de carácter políticas y no jurídicas, tales como comparar las actuaciones del Ministerio Público con prácticas realizadas durante la “dictadura”, cuestión que nos parece un exceso y que las y los fiscales no podemos obviar”.
- La Asociación de Fiscales agrega que “esperamos de buena fe que la excelentísima Sala Penal de la Corte Suprema, pondere ese tipo de desafortunadas comparaciones que hizo una sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Antofagasta”.
- La declaración termina señalando que “La Fiscalía respeta y ajusta su actuar a los principios de legalidad y objetividad, propios de un Estado de Derecho, sometiendo, además, las peticiones de medidas intrusivas a los órganos jurisdiccionales establecidos en la ley, que son los juzgados de garantía, con la observancia del pleno y absoluto respeto a los derechos fundamentales de todas y todos los ciudadanos involucrados en la persecución penal”.
