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Política

Exministro Larraín ante polémica por rebaja de condena: "En la aplicación posterior de la norma (...) la Suprema tuvo criterios distintos"

Agencia Uno- Hernán Larraín, exministro de Justicia
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El exministro de Justicia aseguró que recientemente la Corte Suprema está "reconociendo que la rebaja de condena no está comprendida en el principio de irretroactividad penal".
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Si bien el argumento del Gobierno respecto a los motivos por los cuales se otorgó rebaja de pena a 56 personas condenadas por delitos sexuales contra menores, es que se respetó la "doctrina" de la Corte Suprema que indica que siguen siendo beneficiarios aquellos que hicieron la solicitud antes de 2022, el exministro de Justicia, Hernán Larraín, planteó que el tribunal "ha modificado esa posición".

A través de un comunicado, Larraín abordó la polémica que ha envuelto a la actual administración, pues se trata del ministro que estuvo a cargo de la presentación del proyecto que excluía del beneficio a condenados por violación y abuso sexual contra menores, hoy Ley N°21.421.

Larraín inició planteando que la iniciativa surgió luego de que fuera obligado por la Corte Suprema a otorgar el beneficio a una persona condenada por violación a un menor de 14 años, en 2018.

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Esta doctrina "respaldada por reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema", señaló, "nos forzó a dictar los decretos correspondientes, dejando constancia en cada caso los considerandos de esos fallos, estableciendo así que no se trataba de una decisión discrecional de la autoridad, sino del cumplimiento de un mandato judicial". 

Durante la tramitación del proyecto, que fue presentado en noviembre de 2019, relató, "surgió la cuestión de si la exclusión del beneficio aplicaba solo a condenas futuras o también a las ya dictadas. Del debate legislativo quedó claro que tratándose de un beneficio carcelario y no de una norma de naturaleza penal, no procedía aplicar el principio de irretroactividad". 

"En la historia de la ley quedó consignado que 'no hay derecho adquirido respecto del beneficio de rebaja de condena, sino que solo se tiene derecho a él si al momento de postular se cumple con la ley vigente'", agregó.

Agencia Uno- Hernán Larraín, exministro de Justicia
Agencia Uno- Hernán Larraín, exministro de Justicia

Sin embargo, de acuerdo con el exministro, "en la aplicación posterior de esta norma, la jurisprudencia de la Corte Suprema tuvo criterios distintos. Inicialmente estimó que los condenados con anterioridad a la vigencia de la ley tenían derecho al beneficio y lo concedió".

Pero, "en fallos recientes la Corte ha modificado esa posición y ha rechazado su entrega, reconociendo que la rebaja de condena no está comprendida en el principio de irretroactividad penal, criterio que recoge fielmente la historia fidedigna de la ley que impulsamos en resguardo de la indemnidad de la niñez".

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