Gajardo advierte que rebaja de condena a sentenciados por delitos sexuales podría tener efecto en "todos los beneficios penitenciarios"
Aton- Jaime Gajardo, exministro de Justicia
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El exministro de Justicia, Jaime Gajardo, advirtió que la decisión del gobierno de autorizar la rebaja de condena de 56 personas que cometieron delitos sexuales contra menores de edad, además de ir en contra de la "doctrina" que el propio Ministerio de Justicia ha establecido históricamente, podría afectar "todos los beneficios penitenciarios".
Si bien el ministro de la cartera, Fernando Rabat, defendió que la determinación se basa en la sentencia de la Corte Suprema que establece "que las personas a quienes ese beneficio se le otorgaba antes del año 2022, eran merecedoras de ellos", Gajardo aseguró que el actual titular de la cartera se equivoca.
En diálogo con Radio Infinita, el exsecretario de Estado planteó que "hay una posición ministerial que han tenido los gobiernos históricamente en el Ministerio de Justicia; que las leyes penitenciarias no tienen los mismos requisitos de las leyes penales y eso es muy relevante".

Explicó que "la ejecución de la pena tiene características administrativas y no penales, entonces se equivoca porque con lo que está diciendo, eso no solo va a tener efecto en esta materia, va a tener efecto en muchas otras materias", pues permanentemente el Ministerio de Justicia ha defendido "la idea de que las leyes penitenciarias no tienen los mismos requisitos de las leyes penales y le permite mayor capacidad administrativa a todas las gestiones del Ministerio de Justicia".
En ese sentido, señaló que a partir de la decisión del gobierno, se verán distorsionados "todos los beneficios penitenciarios, todos".

Gajardo defiende posición del ministerio
De acuerdo con Gajardo, la posibilidad de que condenados soliciten rebaja de condena "es parte de la gestión penitenciaria propiamente tal". Sin embargo, en 2022 "se hizo una exclusión respecto a las personas que hayan cometido delitos sexuales en contra menores de edad, principalmente niños, niñas y adolescentes menores de 14 años".
Y si bien previo a ello no existía la prohibición, el Ministerio de Justicia "rechazaba de todas maneras las solicitudes de reducción de condena de las personas que hubieran cometido delitos sexuales en contra de niños, niñas y adolescentes".
Se trata, indicó, de una posición que tiene como objetivo "la protección de las víctimas".
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