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Gobierno envía instructivo que prohíbe a autoridades reunirse con candidatos presidenciales

Gobierno envía instructivo que prohíbe a autoridades reunirse con candidatos presidenciales
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En el instructivo de prescindencia elaborado por el gobierno se restringió además la participación en comandos y uso de redes sociales para campaña.

Mediante una circular de tres páginas firmada por el ministro del Interior Mario Fernández se precisaron las normas de prescidencia electoral para los cargos de exclusiva confianza de la Presidenta de la República.

En el documento se detalló como una de sus principales medidas, prohibir a las autoridades y funcionarios que son de exclusiva confianza de la Presidencia de la República, reunirse con candidatos presidenciales para tratar temas programáticos o proselitistas de sus respectivas postulaciones.

No obstante, la única excepción, como informa La Tercera, es que el encuentro sea debidamente justificado, resgistrado y publicado bajo la denominada Ley del Lobby. 

Tampoco las autoridades que son de exclusiva confianza de la Mandataria podrán participar "activa y publicamente" en días y durante jornadas de trabajo en las campañas de Cores, diputados, senadores y presidenciales. La publicación menciona que esta participación implica formar parte de las estructuras de las campañas electorales y detentar cargos en la dirección u organización de las mismas, es decir, formar parte de los llamados “comandos”.

Por otra parte, el documento especifica sobre el uso de vehículos, recursos físicos, digitales y financieros y de redes sociales. Pero no precisa, respecto de este último punto, por ejemplo, sobre el uso de las cuentas personales de ministros, subsecretarios, intendentes, gobernadores regionales, etc.

Además, se plantea como fecha tope el 15 de junio próximo para aquellas autoridades que quieran postularse a algunos de los cargos de elección popular que se eligen en noviembre. 

Esta medida rige solo para subsecretarios, intendentes, jefes de servicio, gobernadores, secretarios regionales ministeriales, directores de empresas públicas y administrativos de alto rango pues a diferencia de ministros, subsecretarios, intendentes y gobernadores, no están afectos al artículo 57 de la Constitución que los obliga a dejar sus cargos un año antes de su elección en caso de emprender una carrera por un cupo parlamentario. 

Otro de los puntos que aborda el documento es que las citadas autoridades deberán invitar a todos los candidatos a cargos de elección popular a las actividades y ceremonias públicas.

Según informó El Mercurio, en su contenido se detalla que "ninguna personas que sirva en algún Órgano de la Administración del Estado con la condición de exclusiva confianza  de la Presidenta de la República podrá participar activa y públicamente en días y durante las jornadas de trabajo en las campañas electorales".

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