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Mantienen prisión preventiva para Joaquín Lavín León tras rechazo de su recurso de amparo

ATON - Joaquín Lavín León
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El exdiputado cumple la medida cautelar en el anexo Capitán Yáber.
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La Corte de Apelaciones de Santiago decidió mantener la prisión preventiva en contra del exdiputado Joaquín Lavín León tras rechazar el recurso de amparo presentado por su defensa.

Lavín se encuentra en prisión preventiva desde el viernes 8 de mayo, cuando el Séptimo Juzgado de Garantía decretó la medida cautelar en el marco de la investigación por los delitos de fraude al fisco, tráfico de influencias y falsificación de instrumento privado mercantil con un eventual perjuicio de 104 millones de pesos

El exdiputado cumple la medida cautelar en el anexo Capitán Yáber.

Defensa de Joaquín Lavín debía presentar un recurso de apelación

La Corte apuntó a que la revisión de la medida cautelar debía ser revisada a raíz de un recurso de apelación y no un recurso de amparo.

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De acuerdo con la resolución, el recurso de amparo -previsto en el artículo 21 de la Constitución Política-  no tiene lugar ya que "es un mecanismo excepcional de tutela urgente de la libertad personal y de la seguridad individual, y no una vía general de revisión de resoluciones judiciales pronunciadas por tribunal competente dentro de un procedimiento legalmente tramitado".

"La pregunta a responder sería ¿qué alegación formulada por la defensa en el recurso de amparo no podría revisarse y discutirse en un recurso de apelación de la medida cautelar? La respuesta es clara, todas las alegaciones pueden resolverse en la audiencia de revisión de cautelares derivada del ejercicio del recurso de apelación contemplado en el artículo 149 del Código Procesal Penal", señala el fallo del recurso presentado por la defensa de Joaquín Lavín. 

Además, desde el tribunal indicaron que "en el plano formal, de los antecedentes tenidos en consideración resulta que la resolución impugnada que dispuso la prisión preventiva del imputado Lavín León emanó de un juez competente, fue dictada en el marco de sus atribuciones jurisdiccionales, en audiencia contradictoria, previa formalización y luego de extensa exposición de antecedentes por parte del Ministerio Público, querellantes y defensas", por lo tanto, "ésta se encuentra debidamente fundada".

Joaquín Lavín León - ATON
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