Reforma Laboral: comisión mixta zanjaría este martes las diferencias
Reforma Laboral: comisión mixta zanjaría este martes las diferencias
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Este martes la Reforma Laboral podría concretar un nuevo avance con su revisión por la comisión mixta.
La iniciativa fue despachada el miércoles 23 de marzo por la Cámara de Diputados y una de los contenidos más polémicos del proyecto fue la iniciativa que introduce las "adecuaciones necesarias" durante la huelga.
Esta indicación señala que durante una paralización de actividades "el empleador podrá modificar los turnos u horarios de trabajo con el objeto de asegurar que los trabajadores no involucrados en la huelga puedan ejecutar las funciones convenidas en sus contratos".
Tras la votación, la ministra del Trabajo, Ximena Rincón valoró que "lo que tenemos es una votación que permite avanzar".
Carolina Goic (DC): "El grueso ya está acordado"
La nueva presidenta de la Democracia Cristiana, Carolina Goic, dijo este martes que sobre el proyecto se tiene "un acuerdo que yo espero que nos permita zanjar el día de mañana y terminar la tramitación en esta etapa".
"El grueso ya está acordado y si bien han habido momentos de diferencia, podemos decir que hemos aprobado el espíritu original del proyecto: tenemos titularidad del sindicato, derecho a huelga efectiva, pacto de adaptabilidad acotados dentro del marco de organizaciones sindicales que se fortalecen", añadió.
El protocolo que destrabó la negociación
El avance aspirado por la ministra Rincón se había dado principalmente después de una reunión que se realizó más temprano entre parlamentarios de la Nueva Mayoría con los ministros del Comité Político, quienes abordaron los principales disensos del texto.
Dentro de las conclusiones a las que se llegó luego de esa discusión, estuvo asegurar que en la comisión mixta se abordara reponer la negociación interempresa.
Pese a que se trató de una votación dividida al interior del oficialismo, el protocolo permitió asegurar los votos para destrabar la reforma laboral en la Cámara:
1-Negociación interempresa
En el protocolo se plantea que “en la micro y pequeña empresa será voluntario o facultativo negociar con el sindicato interempresa. Si el empleador acepta la negociación deberá responder el proyecto de contrato colectivo dentro de un plazo de 10 días de presentado. Si la rechaza, deberá manifestarlo por escrito dentro del mismo plazo de 10 días”.
Se plantea que en caso de existir negativa por parte del sindicato interempresa “los trabajadores afiliados a él podrán presentar un proyecto de contrato colectivo e iniciar una negociación colectiva reglada con su empleador, entendiéndose para el solo efecto de este procedimiento que constituyen un sindicato de empresa”.
Del mismo modo, se plantea que en el caso de la mediana y gran empresa “la negociación colectiva de los trabajadores afiliados a un sindicato interempresa se realizará a través del sindicato interempresa”.
2- Derecho a la información para la negociación colectiva
El proyecto plantea que las empresas estarán obligadas a proporcionar a los sindicatos información necesaria para preparar sus negociaciones colectivas. Es así como se establece que siempre que se pida antes de 90 días del proceso, las grandes y medianas empresas deberán entregar a los sindicatos la siguiente información.
*Planilla de reumeraciones pagadas a los trabajadores afiliados a la organización, desagregada por haberes y con el detalle de ingreso a la empresa y cargo o función desempeñada. Este punto se había rechazado en el Senado y ahora se propone reponerlo.
*Valor actualizado de todos los beneficios que forman parte del contrato colectivo
*Los costos globales de la mano de obra de la empresas de los últimos dos años
En el marco de la modificación antes propuesta, se plantea introducir una modificación al artículo 318 para consagrar la información se entregará “inominadamente”, dentro de los 30 días siguientes al requerimiento. La información podrá ser entregada en la medida que la empresa cuente con cinco o más trabajadores en cada cargo o función y que se asegure su debida reserva.
3- Huelga Pacífica
El Senado -a petición de la DC- incorporó una enmienda que plantea que el ejercicio de los derechos sindicales “deberán ser siempre ejercidos de buena fe y en forma pacífica”. Asimismo, se plante que la negociación colectiva “deberá desarrollarse de manera pacífica entre las partes”, señalando que constituirá una práctica desleal o antisindical los dirigentes “que ejerzan fuerza física en las cosas, o física o moral en las personas” durante el proceso de negociación.
Sin embargo, el protocolo propone rechazar ambas enmiendas.
4-Subcontratación como práctica desleal
El protocolo para la Comisión Mixta propone agregar como una nueva práctica desleal “la contratación de los trabajadores en huelga de una empresa contratista o subcontratista por la empresa principal, sea en forma directa o a través de un tercero”.
Lo anterior plantea un cambio respecto de la redacción original, que planteaba que la negociación colectiva en una empresa contratista o subcontratista “no afectará las facultades de administración de la empresa principal, lo que podrá ejecutar directamente o a través de un tercero, la provisión de la obra o el servicio subcontratado que haya dejado de prestarse en caso de huelga”.
