Exclusivo: Liberan en Chile a peligroso jefe narcoparamilitar de Colombia en medio de su proceso de extradición
Expediente de Interpol de Cristian Amu Díaz, alias El Motosierra.
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A las 8.25 horas del 2 de septiembre, el teniente primero de Gendarmería, Ramiro Riquelme, confirmó a la Corte Suprema que el ciudadano colombiano Cristián Amu Díaz ya no estaba en dependencias del REPAS, la cárcel de Máxima Seguridad de Santiago.
Una excarcelación llamativa, ya que no se trataba de cualquier criminal extranjero. De acuerdo a una solicitud de extradición de Colombia, el requerido era el subjejefe de un grupo armado insurgente denominado “Renacer ERPAC”, vinculado a una narcoguerrilla de las zonas de Puerto López y Meta.
Lo apodan “El Motosierra” y su historial asusta: torturas, asesinatos e inhumaciones ilegales, cuyas investigaciones derivaron en la solicitud colombiana de detenerlo en Chile, luego de que información de inteligencia advirtiera que estaba en Santiago.
Aquí parecía uno más, pero en la selva colombiana dirigía cuadrillas para enfrentar a las disidencias de las FARC y miembros del Clan del Golfo, uno de los principales carteles narcos de dicho país.

Así, Colombia lo investigaba por el “concierto para delinquir agravado”. Es decir, asociación ilícita. De acuerdo a la información enviada, “El Motosierra” entre septiembre y diciembre de 2022 participó en videos para amenazar a pobladores del municipio de Puerto Gaitán, ubicado en la región del Río Manacacias.
“En desarrollo de sus funciones, alias "Motosierra" presuntamente impartía órdenes orientadas al control territorial y financiero, consistentes en la imposición de cobros ilegales a organizaciones y particulares por el tránsito de sustancias estupefacientes, estableciendo tarifas”, se lee en el documento reservado del gobierno colombiano.
En ese sentido, la inteligencia de ese país detectó que Amu Díaz logró ascender a una jefatura al enfrentar con éxito a integrantes de estructuras disidentes de las FARC–Frente 39– y del Clan del Golfo, “impartiendo órdenes de homicidios o desplazamiento contra personas que colaboraban con dichos grupos”.
A partir de esos lineamientos, “Motosierra” habría participado en el homicidio de Edison Carvajal Santana, alias “Mincho”, quien fue sometido a actos de violencia y tortura para obtener información, previo a su ejecución.
“Mediante labores de interceptación de comunicaciones legales, se logró establecer que el requerido continuaba ejerciendo funciones de mando dentro del GDO Renacer ERPAC, siendo señalado incluso como posible cabecilla armado tras la captura de otros integrantes de la organización en el año 2023”, reseñó el oficio que recibió la Cancillería en una nota reservada con el requerimiento de extradición, el pasado 7 de agosto.
La búsqueda en Chile
El 10 de agosto, llegó a la oficina de la presidenta de la Suprema, Ana Gloria Chevesich, el oficio reservado de Colombia y designó al juez Jorge Zepeda como ministro instructor del caso y decretó las diligencias a las policías para buscarlo y capturarlo.
Una semana después, Carabineros informó del hallazgo de Cristián Amu. Mientras funcionarios del OS.9 realizaban patrullajes preventivos, lo detuvieron tras un control de identidad en la intersección de calles Rivas Vicuña con Juan de Barros, en la comuna de Quinta Normal.
Sobre el jefe paramilitar pesaba una orden roja de Interpol emitida por Colombia, lo que alertó a los carabineros en el proceso de fiscalización barrial. Luego, fue llevado a la 3ra Comisaría, donde se revisó su identidad.
Al día siguiente, luego del control de detención, el ministro Zepeda instruyó que “El Motosierra” quedará en prisión preventiva a la espera de la audiencia de extradición que se fijó para el martes 1 de septiembre a la espera que Colombia enviara más antecedentes sobre este peligroso jefe de la guerrilla local.

Sin embargo, según información que recabó Reportajes Teletrece, ese dossier nunca llegó al despacho del juez Zepeda ni al Ministerio Público. Por tanto, el magistrado instruyó su libertad a partir de la solicitud de su defensa.
En esa línea, la Dirección de Comunicaciones del Poder Judicial sostuvo a Reportajes Teletrece que “aún no se ha dado por rechazada la extradición. Pero la modificación de la medida cautelar de detención preventiva fue solicitada por la defensa de la persona a raíz de lo expresado en la audiencia del 1 de septiembre por el Ministerio Público, que dijo que efectivamente a pesar de que habían solicitado los antecedentes a Colombia, no se los habían remitido y por lo tanto no se cumplía con el literal c del artículo 449 del Código Procesal Penal”.
La Corte Suprema, finalmente, informó a las 15.41 horas de ese 1 de septiembre que se dejaba en libertad al peligroso jefe del grupo paramilitar “Renacer ERPAC”.
“La libertad de este requerido evidencia un problema del sistema y del cambio legal que se hizo a la reforma procesal penal hace dos años”, comentó una fuente judicial.
Acusan “error” en la legislación
Fuentes consultadas por Reportajes Teletrece comentaron que este caso deja expuesta una “debilidad” de la reforma al sistema procesal penal, cambio legal que se promulgó hace dos años y que fue impulsada por senadores oficialistas.
Dentro de ese paquete de modificaciones, se incluyó el artículo 127 bis, que estableció plazos más acotados para los procesos de extradición. “En algunos casos es más restrictivo”, comentan las mismas fuentes.
Un alto funcionario del Ministerio Público comentó a este medio que una posibilidad, es que Colombia no haya mandado los antecedentes requeridos porque aún había diligencias pendientes o se estaba a la espera de la recepción de informes policiales.
En ese sentido, explicaron, los 14 días que tuvo el gobierno colombiano para enviar los documentos necesarios para fundar la extradición, “no fueron suficientes”.
Con todo, lo concreto es que el Ministerio Público expresó en la audiencia de extradición que el país caribeño no envió los antecedentes penales necesarios para dar curso a la extradición. Por lo que el ministro instructor tuvo que decretar su liberación.
“En la audiencia el Ministerio Público podrá solicitar una ampliación del plazo de detención hasta por cinco días, con el fin de que pueda solicitarse la detención previa del imputado”, estableció el cuestionado artículo 127 bis.
Y agregó: “Si ha transcurrido el plazo de la ampliación, sin que se haya solicitado la detención previa o iniciado el proceso de extradición, el juez de garantía deberá decretar la libertad inmediata del imputado”.
Fuentes consultadas se preguntan si resulta suficiente “dos semanas para mandar antecedentes que son delicados”.
Ahora, para continuar con el proceso de extradición, Colombia deberá reiniciar el proceso, enviando una nueva solicitud con hechos distintos, pues los anteriores se consideran “cosa juzgada”.
Y de llegar, Interpol Chile tendrá que rastrear nuevamente a “Motosierra” por las calles de la Región Metropolitana. Eso, si es que sigue en su domicilio de Quinta Normal.

