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Renovar la licencia de conducir tendrá un nuevo requisito: ¿cuándo comenzará a regir?

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La normativa vigente contempla evaluaciones y una declaración vinculada a las condiciones físicas y psíquicas de quienes solicitan o renuevan la licencia de conducir.
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Si pronto tienes que renovar la licencia de conducir, hay un aspecto a considerar antes de realizar el trámite, porque las condiciones de salud necesarias para estar habilitado para conducir en nuestro país, cambiaron con la aprobación de la Ley Jacinta en diciembre del 2025.

La normativa vigente establece que quienes soliciten o renueven su licencia deben acreditar que cuentan con las aptitudes físicas y psíquicas necesarias para conducir de manera segura,

Entre los antecedentes considerados se encuentra una declaración jurada, mediante la cual el postulante debe informar si padece de alguna enfermedad o condición que pueda limitar o reducir sus capacidades para conducir.

Sin embargo, hay un punto importante, esta nueva declaración todavía no se exige bajo el procedimiento establecido por la normativa.

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¿Cuándo comenzará a aplicarse?

La Ley N°21.797 fue publicada en el Diario Oficial el 7 de febrero de 2026 y estableció una implementación progresiva de las nuevas exigencias.

Para que comiencen a regir los cambios relacionados con la licencia de conducir, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) debe elaborar un reglamento que estandarizará los exámenes médicos realizados en las direcciones de tránsito.

El ministerio tiene un plazo de 12 meses desde la publicación de la ley para elaborar este reglamento, que comenzará a regir 90 días después de ser publicado.

¿Qué pasará si se entrega información falsa?

La nueva declaración no será solo un trámite administrativo, la norma establece consecuencias para quienes entreguen información falsa respecto de una condición de salud que pueda afectar su capacidad para conducir.

En esos casos, la persona se expone a una infracción grave y a la cancelación de su licencia de conducir.

La medida busca que los antecedentes declarados permitan determinar de manera adecuada si una persona cuenta con las condiciones necesarias para conducir.

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Los cambios de la Ley Jacinta que ya están vigentes

Aunque las nuevas exigencias para obtener o renovar la licencia todavía esperan el reglamento, la Ley N° 21.797 ya tiene modificaciones que se encuentran vigentes.

Una de ellas corresponde al aumento de las coberturas del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP).

Los nuevos montos son:

  • Fallecimiento: 600 UF por persona.
  • Incapacidad permanente total: 400 UF.
  • Incapacidad permanente parcial: hasta 400 UF.
  • Gastos médicos hospitalarios: hasta 600 UF.

Además, el plazo máximo para pagar una indemnización por fallecimiento se redujo de 10 a 7 días hábiles.

En el caso de los SOAP contratados antes de la publicación de la ley, estos mantienen sus condiciones originales hasta su vencimiento.

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