Este miércoles, la Corte Suprema declaró admisible la querella de capítulos presentada en contra del ex Fiscal Regional Metropolitano Oriente, Manuel Guerra Fuenzalida, por sus posibles nexos con el abogado Luis Hermosilla, imputado por el denominado 'caso Audios'.
Con la determinación tomada este miércoles, el máximo tribunal de nuestro país removió el fuero procesal que cubría al expersecutor, en el marco de la investigación en su contra.
El exfiscal es investigado por delitos de cohecho agravado, violación de secretos y prevaricación administrativa, vinculados a su relación con Luis Hermosilla, en las causas de Penta, Dominga y Exalmar.
Además, se le indaga por su nexo con los involucrados en la trama denominada 'Muñeca Bielorrusa'.
El fallo fue tomado este miércoles de manera unánime por la Segunda Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Hernán Crisosto, Juan Cristóbal Mera, el abogado (i) Raúl Fuentes y la abogada (i) Andrea Ruiz.
Declaran admisible la querella de capítulos contra exfiscal Manuel Guerra
De esta manera, se podrá profundizar en la investigación en contra del exfiscal en el marco de la presunta utilización de su cargo para beneficiar intereses particulares o filtrar información reservada.
Así, el Ministerio Público tiene vía libre para formalizar al expersecutor, en caso de que así lo estime conveniente.
"Este procedimiento especial exige que, de los antecedentes entregados por la querellante, surjan elementos suficientes para configurar uno o más de los delitos atribuidos y la intervención que en ellos habría correspondido a la parte querellada", indicó la resolución del máximo tribunal.
"Que, en torno a las protestas que fundan la apelación deducida por la defensa del capitulado, huelga señalar que la presente vía se ha instituido por el legislador únicamente para establecer un requisito adicional, con el objeto e que fiscales del Ministerio Público, como en este caso, puedan ser juzgados por hechos que revistan características de delito y que se les atribuyan en el ejercicio de sus funciones", agrega el fallo.