La Corte de Apelaciones de Valparaíso decretó el sobreseimiento definitivo de Hugo Bustamante Pérez, conocido como el 'Asesino del tambor', por los homicidios de Elena Hinojosa, de 55 años, y su hijo Eduardo Páez, de 27, crímenes ocurridos el 27 de junio de 1996 en Villa Alemana.

La decisión generó preocupación entre los familiares de las víctimas, quienes recurrieron a la Corte Suprema para intentar revertir el fallo. La causa se encuentra actualmente en trámite ante el máximo tribunal.

Fue el 30 de enero de 2026 que el Juzgado de Letras de Villa Alemana sentenció a la pena única de 10 años y un día a Bustamante por el doble homicidio, pero después de aquello tanto la defensa del denominado "Asesino del Tambor" como la parte querellante por la familia de Hinojosa y Páez presentaron recursos de apelación con fines distintos. 

En el caso de la primera, con la intención de revocar la condena y la segunda, para aumentar la pena impuesta.
Posteriormente, la Corte de Valparaíso se inclinó a favor de los argumentos esgrimidos por la defensa de Bustamante y falló el 27 de julio pasado. 

Luego, en contra de aquella decisión, la parte querellante interpuso un recurso de casación en el fondo y de esa manera se elevó el caso al máximo tribunal. Con el mencionado recurso, explicó el abogado querellante por la familia de Hinojosa y Páez, José Ignacio Tapia, se busca "anular el fallo de segunda instancia por adolecer una serie de vicios que impiden darle validez. Nosotros le pedimos a la Corte Suprema que anule el fallo, y que dicte una sentencia de reemplazo que condene a Hugo Bustamante".

El tribunal de alzada al revocar la sentencia del Juzgado de Letras de Villa Alemana lo hizo argumentando que se declaró extinguida la acción penal por prescripción. El artículo 94 del Código Penal establece plazos de prescripción de la acción penal, por lo que si un hecho se califica como homicidio simple el plazo es de 10 años, pero si se califica como homicidio calificado, el plazo de prescripción es de 15 años. 

Otro aspecto a considerar es que ese plazo de prescripción se interrumpe y se vuelve a contar desde cero cuando el imputado comete un nuevo delito. Con esto último, si bien los asesinatos de Elena Hinojosa y Eduardo Páez ocurrieron en 1996, Bustamante después fue condenado en dos ocasiones en (2005 y 2020). Aquello, señaló Tapia a La Estrella de Valparaíso, hizo este efecto, "a nuestro juicio, de interrumpir la prescripción, debiendo contar desde cero el plazo". 

El punto, en este caso, es determinar si se aplicaba el plazo de 10 años o de 15 años, dependiendo de la calificación del delito, es decir, si es homicidio simple u homicidio calificado. 

"Si considero que los hechos de 1996 son homicidios simples, el plazo de prescripción está cumplido, pero si son homicidios calificados, no lo están. En ese punto recaía toda la discusión", dijo el abogado de la familia. 

Cabe recordar que los cuerpos de Hinojosa y Páez fueron encontrados enterrados en junio de 2024 en una vivienda de Bustamante, en el mismo inmueble donde, cuatro años antes, había sido hallada Ámbar Cornejo, adolescente de 16 años cuyo crimen también tuvo como responsable al condenado.

Bustamante cumple condena por el caso Ámbar Cornejo

El nombre de Hugo Bustamante volvió a la discusión pública en medio de la polémica por la rebaja de condenas a personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores de edad.

Actualmente, el hombre cumple una pena de presidio perpetuo calificado por la violación con femicidio de Ámbar Cornejo. Debido a esa condena, recién después de cumplir 40 años de privación de libertad podría postular a algún beneficio, de acuerdo con los antecedentes del caso.

Sin embargo, el sobreseimiento definitivo por las muertes de Elena Hinojosa y Eduardo Páez abrió un nuevo capítulo judicial para las familias de ambas víctimas, que buscan que la Corte Suprema revise la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

Te podría interesar:

 

Publicidad