Queda sólo una semana para las Fiestas Patrias y por estos días muchas empresas realizan distintas celebraciones con sus trabajadores.

Frente a esto, ¿sabías que si te accidentas durante  las celebraciones de Fiestas Patrias en tu trabajo, incluso si son fuera del horario laboral, estás cubierto por el seguro?

Así lo destacó la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), explicando en qué escenarios estás cubierto por el seguro laboral, en el contexto de los festejos dieciocheros.

Los accidentes dieciocheros en tu trabajo que están cubiertos por el seguro

Si te torciste el pie bailando cueca o te lesionaste en el paseo de Fiestas Patrias de la empresa o institución donde trabajas, estás cubierto porque es un accidente con ocasión del trabajo.

Esto aplica si la actividad fue organizada y/o autorizada por el empleador, incluso si fue co-organizada por el sindicato o asociación de trabajadores. Además, cubre incluso si la participación era voluntaria o fuera del horario laboral.

Otro escenario es que si te caíste de la silla mientras adornabas la oficina o lugar de trabajo con adornos dieciocheros, también estás cubierto aunque nadie te haya ordenado explícitamente que adornadas. "Adornar beneficia el ambiente laboral y la celebración de las Fiestas Patrias", destaca la Suseso.

 

¿Qué queda fuera del seguro?

Las actividades privadas o de alto riesgo en contexto de Fiestas Patrias. El seguro laboral no cubre en caso de:

  • Juegos o competencias de alto riesgo no encomendadas. Ejemplo: carreras a caballo no reguladas.
  • Fiestas o juntas 100% privadas entre colegas sin ningún vínculo ni autorización del empleador.

Finalmente, la Suseso explica que en caso de un accidente en contexto de las Fiestas Patrias en el trabajo, se deben realizar las siguientes acciones:

  • Avisar inmediatamente a la jefatura.
  • Dirigirse al centro de atención que corresponda (ACHS, Mutual de Seguridad, IST) o ISL.
  • Informar que el incidente ocurrió en contexto de la celebración o preparación oficial del 18.

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