Este lunes, la Corte de Apelaciones de Antofagasta aprobó la solicitud de desafuero de la diputada Catalina Pérez, en el marco de las indagatorias por el Caso Democracia Viva.
El tribunal señaló que "existiendo elementos objetivos y precisos que dan cuenta de los hechos delictivos atribuidos por el Ministerio Público, como asimismo, la participación de la diputada de la República, Catalina Pérez Salinas, se ha acordado de forma unánime acceder a la solicitud de desafuero", declararon.
"Se declara que se hace a lugar la formación de causa en contra de la mentada diputada por los delitos reiterados de fraude al fisco, debiendo seguir el procedimiento penal respectivo conforme a las reglas generales", complementan.
Cabe señalar que la lectura de sentencia fue fijada para el próximo 20 de febrero a las 09.00 hrs en la mencionada corte.
Defensa de Catalina Pérez apelará a la Corte Suprema:
El abogado de Catalina Pérez, Gonzalo Medina, afirmó que "no compartimos la decisión, y obviamente, recurriremos de apelación a la Excelentísima Corte Suprema".
"Este desafuero no se sustenta y no cumple con estándares jurídicos. Esto no es una condena. Jamás se ha resuelto un desafuero en el lapso de tres horas", añadió.
"En todas las declaraciones nadie involucra a la diputada Pérez. En la carpeta no hay nada que demuestre que haya cometido algún ilícito. No hay razones para desaforarla", afirma.
"La diputada Pérez jamás ha cometido fraude al fisco. No realizó ninguna acción de tráfico de influencias. Jamás intercedió por esos convenios", cerró.
¿Qué implica que un parlamentario sea desaforado?
Cabe señalar que la Constitución Política de Chile considera un fuero para los senadores y diputados, y lo que hace un desafuero es quitar esta protección constitucional a los parlamentarios.
El artículo 61 de la Carta Magna señala que "ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a formación de causa”.
De esta manera, que un diputado o senador pierda su fuero parlamentario, significa podrá ser acusado penalmente y ser sometido a medidas cautelares, como prisión preventiva. También, puede ser sentenciado si es considerada culpable de algún delito.
Además, el parlamentario no podrá ingresar a la Sala de la Cámara de Diputados, ni a las comisiones. Tampoco podrá ejercer su cargo.