La ministra secretaria General de la Presidencia, Macarena Lobos, aseguró durante su participación en la comisión de Gobierno del Senado que se "incorpora un artículo 139 bis" que repone la multa por no votar.
Esto, tras la polémica que generó el despacho de la iniciativa de voto obligatorio desde la Cámara de Diputados al Senado sin una sanción monetaria. Las críticas opositoras y las amenazas de no avanzar en en la agenda legislativa del gobierno aumentaron la tensión, sin embargo, se llegó un acuerdo entre el Ejecutivo y los parlamentarios.
El Presidente Gabriel Boric ya había anunciado que ingresarían "las indicaciones que habilitan la discusión sobre la multa para los ciudadanos en el marco del voto obligatorio porque es lo que corresponde".
Lobos comunicó este martes que en el inciso primero del artículo 139 bis que fue incorporado, "establece la sanción para los ciudadanos que no concurran a votar con una multa beneficio municipal que va entre las 0.5 y 1.5 UTM". Es decir, desde los cerca de $34 mil a los $103 mil.
La ministra agregó que se incluyen "las excepciones que se prevén que son básicamente las personas enfermas, las que estén ausentes del país, las que estén a más de 200 km de distancia, acreditado eso con la certificación en Carabineros de Chile, los que cumplan funciones que establezca la propia ley 18.700+, los que por cualquier impedimento grave acreditado ante el Juzgado de Policía Local y aquellas personas que sean discapacitados".