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Convención Constitucional

Convención: comisión aprueba libertad de emprender y se rechaza intento de regular precios

Convención: comisión aprueba libertad de emprender y se rechaza intento de regular precios
Diario Financiero
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La comisión de Derechos Fundamentales se encuentra analizando diversas indicaciones al articulado que debe proponer al Pleno de la Convención. También se acordó sancionar la colusión con “reparación integral”.

En un intenso debate, la comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional aprobó en particular el artículo 18 que se refiere a "la libertad de emprender y desarrollar actividades económicas", señalando que se sancionarán las prácticas de colusión y descartando regular precios como lo planteaba una propuesta.

La comisión resolvió proponer al Pleno un articulado que señala que "la Constitución asegura a todas las personas naturales y jurídicas la libertad de emprender y desarrollar actividades económicas Su ejercicio deberá ser compatible con los derechos consagrados en esta Constitución, la protección de la naturaleza y con el interés general".

También hace referencia a las Pymes al indicar en su articulado que "el contenido y los límites de este derecho serán determinados por las leyes que regulen su ejercicio, las que deberán promover el desarrollo de las empresas de menor tamaño y asegurarán la protección de los consumidores".

Respecto a la colusión, establece que "las prácticas de colusión entre empresas y abusos de posición monopólica, así como de concentraciones empresariales que afecten o puedan afectar el funcionamiento eficiente, justo y leal de los mercados y el bienestar de las y los consumidores y usuarios y usuarias, se entenderán como conductas contrarias al interés social. La ley establecerá las sanciones a los responsables y su obligación de reparación integral".

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Sobre la definición de libertad de emprender y desarrollar actividades económicas, señala que "implica también reconocer las formas y prácticas productivas que desarrollen los pueblos y naciones indígenas de acuerdo a su propio modo de entender el desarrollo, considerando sus prioridades y necesidades".

Y agrega que "sin perjuicio de lo anterior, el ejercicio de esta libertad siempre deberá respetar, proteger y salvaguardar la identidad cultural de dichos pueblos, sus manifestaciones identitarias, patrimonio material e inmaterial y todo cuanto ponga en riesgo su existencia y continuidad como pueblos indígenas".

El último inciso aprobado en este artículo indica que la actividad económica del Estado estará "siempre sujeta a criterios de control, transparencia y probidad, los que determinará la ley".

Durante el debate y votación se rechazaron diversas indicaciones, entre las que se cuenta una que busca regular precios en determinados casos. Se rechazó por 22 en contra y 11 a favor. La norma señalaba que "el Estado podrá establecer una regulación de precios máximos en bienes, prestaciones y servicios en razón del interés superior social". Cabe señalar que en este mismo tema la comisión de Medioambiente y Modelo Económico debe votar en particular una propuesta que también busca fijar precios de determinados sectores.

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