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Aguinaldo Fiestas Patrias 2020: El monto que recibirán los trabajadores públicos en septiembre

Aguinaldo Fiestas Patrias 2020: El monto que recibirán los trabajadores públicos en septiembre
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Los pensionados también recibirán su dinero el próximo mes, según lo estipulado por ley. Revisa todos los detalles a continuación.

Serán unas Fiestas Patrias distintas por la pandemia del coronavirus, pero el aguinaldo para trabajadores del sector público y pensionados se mantendrá este 2020

Según detalla la ley 21.196, este año el monto que recibirán los empleados públicos será de $74.516 y de $51.727, según cada caso que detalla la normativa: 

"El monto del aguinaldo será de $74.516.- para los trabajadores cuya remuneración líquida, que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2020, sea igual o inferior a $773.271.-, y de $51.727.-, para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad", indica la ley. 

Los pensionados, por su parte, recibirán de aguinaldo por este 18 de septiembre 20.082 pesos, los que incrementarán en algunos casos que detalla la ley. 

"Concédese, por una sola vez, a los pensionados del Instituto de Previsión Social, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº 16.744, que tengan algunas de estas calidades al 31 de agosto del año 2020, un aguinaldo de Fiestas Patrias del año 2020, de $20.082.-. Este aguinaldo se incrementará en $10.303.- por cada persona que, a la misma fecha, tengan acreditadas como causantes de asignación familiar o maternal, aun cuando no perciban dichos beneficios por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1 de la ley Nº 18.987", explica la normativa. 

Aguinaldo Fiestas Patrias 2020: El monto que recibirán los trabajadores públicos en septiembre
Aguinaldo Fiestas Patrias 2020: El monto que recibirán los trabajadores públicos en septiembre

Para conocer más detalles sobre el aguinaldo para pensionados, HAZ CLICK AQUÍ. 

¿Qué pasa con el aguinaldo en el sector privado? 

A diferencia de los dos casos anteriores, en el mundo privado no existe una ley que obligue a los empleadores a entregar un aguinaldo

Sin embargo, según explica la Dirección del Trabajo (DT), la empresa está obligada a entregar el dinero si es que así lo ha hecho los años anteriores. 

"En caso de haberse dado aguinaldo a los trabajadores de una empresa antes, sistemáticamente, su entrega para los años siguientes opera como cláusula tácita. Es decir, se entiende como un derecho adquirido. Por ejemplo, si un empleador entrega aguinaldo por 3 ó 4 años seguidos y al 5º no puede hacerlo, los sindicatos podrán reclamar este derecho ante la justicia laboral", apunta la DT. 

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