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Caso Manuel Rebolledo: Condenan a marino por cuasidelito de homicidio

Caso Manuel Rebolledo: Condenan a marino por cuasidelito de homicidio
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El infante de marina Leonardo Medina fue declarado culpable de los hechos registrados en pleno "Estallido Social", cuando el camión que conducía atropelló a una persona en Talcahuano. Si bien se descartó la existencia de un actuar doloso, sí se dio un actuar culposo en el atropello.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal condenó al infante de marina Leonardo Medina por ser autor del cuasidelito de homicidio de Manuel Rebolledo, en octubre de 2019 en Talcahuano, Región del Biobío.

En un fallo unánime, el tribunal dio por acreditada la ocurrencia del delito y la participación de Medina en los hechos, recalificando el ilícito de homicidio simple a cuasidelito de homicidio.

De acuerdo a lo indicado por la Fiscalía, cerca de las 18:30 horas del 21 de octubre del 2019, el funcionario de la Armada de Chile fue instruido a conducir un camión militar pesado que transportaba a 17 integrantes de la institución, a raíz de saqueos que se producían en una empresa frigorífica en Talcahuano.

A eso de las 18:44 horas, con condiciones de luz natural y buena visual, observó a un grupo de sujetos que salía de las dependencias de la empresa, desviando el camión que conducía hacia un sitio eriazo de tierra irregular, incrementando la velocidad del medio de transporte para perseguir a estas personas.

Fue ahí que Manuel Rebolledo, quien caminaba a su domicilio, resbaló y cayó, siendo atropellado por el camión militar conducido por Medina, quien frenó a último momento, pero no logró evitarlo.

Rebolledo resultó con heridas y politraumatismos que derivaron en su muerte.

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El acta de deliberación del tribunal indicó que "a través de los medios de prueba incorporados al juicio, no se logró acreditar más allá de toda duda razonable que el acusado Medina Camaño se hubiera representado, en concreto, el resultado lesivo previsible".

"En todo caso, en el evento de habérselo representado, que lo hubiere aceptado y aprobado, descartándose así la existencia de un actuar doloso de su parte en el atropello que le causó la muerte a Manuel Alejandro Navarrete quedando –en todo caso- acreditado que el deceso de este último se debió al actuar culposo del acusado Medina Camaño", se agregó en el texto.

Por lo pronto, la audiencia de lectura de sentencia quedó programada para las 13:00 horas del próximo sábado 4 de diciembre.

 

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