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Corte Suprema se pronunció por 30 piernas humanas retenidas desde el 2024 en el Aeropuerto de Santiago

T13 - Corte Suprema se refiere a polémica por las 30 piernas humanas retenidas en Aeropuerto de Santiago: "No es absoluto..." | Referencial - ATON
José Muñoz
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Desde septiembre de 2024, dos cargamentos con un total de 30 piernas humanas llegaron importados por el Centro de Entrenamiento Médico Quirúrgico (CEMQ) desde Estados Unidos, los cuales tenían como destino la docencia universitaria.
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La Corte Suprema resolvió poner fin al largo conflicto judicial por los cargamentos que contenían 30 piernas humanas, los cuales permanecen retenidos desde septiembre de 2024 en el Aeropuerto Internacional de Santiago.

Recordemos que los dos cargamentos con un total de 30 piernas humanas llegaron importados por el Centro de Entrenamiento Médico Quirúrgico (CEMQ) desde Estados Unidos.

El material cadavérico tenía como destino la docencia universitaria y el entrenamiento de profesionales de la salud. Sin embargo, la Subsecretaría de Salud Pública bloqueó su ingreso al considerar que la normativa chilena solo permite el uso de cuerpos y partes anatómicas provenientes de donaciones voluntarias realizadas dentro del país.

¿Qué dijo la Corte Suprema?

Pese a lo anterior, en una decisión unánime de la Tercera Sala del máximo tribunal, se rechazó el recurso de amparo económico presentado por CEMQ, que pretendía internar las piezas cadavéricas para ser utilizadas en programas profesionales de la salud.

Según el fallo, el amparo económico “no es idóneo para salvaguardar” el derecho a desarrollar una actividad económica lícita, ya que este debe ajustarse a las normas sanitarias y de salud pública vigentes.

Según informó El Mercurio, la resolución respaldó la postura del Ministerio de Salud, que desde 2024 ha sostenido que el ingreso de material biológico humano desde el extranjero está expresamente prohibido.

El tribunal argumentó que la respuesta de la Subsecretaría de Salud Pública se basó correctamente en la regulación existente, descartando que fuera arbitraria o ilegal.

Además, la Corte precisó que las autorizaciones otorgadas en años anteriores para la internación de material similar no constituyen un derecho adquirido, ya que el Minsal tiene la potestad de corregir los procedimientos aplicados si estos no se ajustan a la normativa.

T13 | Corte Suprema se refiere a polémica por las 30 piernas humanas retenidas en Aeropuerto de Santiago: "No es absoluto..." | Agencia UNO
T13 | Corte Suprema se refiere a polémica por las 30 piernas humanas retenidas en Aeropuerto de Santiago: "No es absoluto..." | Agencia UNO

Debate respecto del cargamento con piernas humanas

De esta forma, la decisión deja firme la imposibilidad de ingresar las extremidades humanas, las cuales seguirán almacenadas en dependencias de Aduanas, sin posibilidad de ser utilizadas en prácticas médicas o de docencia.

Desde el Ministerio de Salud, la jefa de la División de Políticas Públicas Saludables, Camila Silva, explicó que la ley actual permite únicamente el uso de cadáveres o piezas anatómicas provenientes de donaciones voluntarias realizadas en el país.

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Además, aseguró que el ministerio no ha recibido reportes formales sobre escasez de material para docencia.

Tras conocer la resolución, el CEMQ lamentó la decisión de la Suprema y llamó a impulsar una legislación que regule de forma clara la donación y utilización de material biológico con fines educativos.

“El fallo mantiene la imposibilidad de formar y perfeccionar a profesionales de la salud con recursos adecuados”, señaló la entidad, lamentando que la actual normativa continuara vigente.