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"No conviertas una fiesta en un funeral": El mensaje del cardenal Chomali contra la conducción con alcohol en Fiestas Patrias

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"Tú tienes las llaves en tus manos para no tomar", añadió.
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El arzobispo de Santiago, cardenal Fernando Chomali, hizo un llamado a la conciencia de cara a las próximas Fiestas Patrias.

En su mensaje, la autoridad eclesiástica pidió a la población un consumo responsable durante los festejos, pero por sobre todo, a no conducir en estado de ebriedad.

"En nombre de Dios, de la Santísima Virgen María de todos los santos, de tus familiares difuntos, te quiero pedir, por favor, que estas Fiestas Patrias, si manejas, no tomes", inició Chomali.

"El daño es enorme, no puedes convertir por tu irresponsabilidad una fiesta preciosa en un funeral. Tú tienes las llaves en tus manos para no tomar", añadió.

En ese sentido, Chomali señaló que "tú tienes las llaves en tus manos para evitar todo accidente. No lo lamentemos, todavía es tiempo. Te lo pido encarecidamente. El daño que se hace es enorme".

"Apelo a tu responsabilidad y sobre todo, piensa que la persona a quien puedes chocar puede ser tu hijo", decretó.

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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Las penas por conducir en estado de ebriedad:

En Chile, conducir en estado de ebriedad —generalmente, con una alcoholemia igual o superior a 0,8 gramos de alcohol por litro de sangre— puede constituir delito. Las penas dependen de si hubo daños, lesiones o muerte. Estas sanciones están contempladas principalmente en el artículo 196 de la Ley de Tránsito y en sus modificaciones.

  • Si hay lesiones graves, gravísimas o muerte, la condena puede incluir cumplimiento efectivo de cárcel; en ciertos casos la ley exige cumplir al menos un año efectivamente.
  • La cancelación de la licencia no equivale simplemente a una suspensión temporal: impide conducir y puede requerir un procedimiento posterior para obtener una nueva licencia, según corresponda.
  • La multa se expresa en UTM, por lo que su equivalente en pesos cambia mensualmente.
  • Estado de ebriedad” no es lo mismo que “bajo la influencia del alcohol”: este último umbral es inferior y tiene sanciones distintas.
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