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Ordenan reabrir investigación por muerte del poeta Pablo Neruda

AFP - Pablo Neruda
T13
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De manera unánime se ordenó reabrir la investigación por la muerte del Premio Nobel, luego de que se rechazara en diciembre del 2023.

La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó la reapertura de la investigación por la muerte del poeta Pablo Neruda, luego de que en diciembre de 2023 esa opción fuera rechazada

Fue la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por las ministras Maritza Villadangos, Elsa Barrientos y el abogado (i) Jorge Gómez quienes de manera unánime revocaron la resolución apelada. 

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La decisión fue tomada al considerar que la investigación no se encuentra agotada, debido a que existirían diligencias que podrían aportar al esclarecimiento de los hechos. 

"Se revoca la resolución apelada de siete de diciembre de dos mil veintitrés, escrita a fojas 4984 y siguientes del Tomo XII y, consecuentemente, se ordena la reapertura del sumario con el objeto de practicar las siguientes diligencias solicitadas por los querellantes sobrinos de la víctima", es parte del escrito. 

Investigación por muerte de Pablo Neruda

Fue en diciembre de 2023 cuando se rechazó reabrir la investigación por la muerte del poeta, debido a la decisión de la ministra Paola Plaza

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La magistrada, en esa oportunidad, se hizo cargo de cada una de las diligencias solicitadas por la familia del ganador del Premio Nóbel y del Partido Comunista, desestimando todas por considerar que resultaban inconducentes. 

Ahora fue la Corte de Apelaciones de Santiago quienes, de manera unánime, ordenaron la reapertura de la investigación del deceso del poeta

Según lo informado por el Poder Judicial, el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó

  • 1.- Realícese un nuevo peritaje caligráfico respecto del certificado de defunción que habría sido extendido por el Dr. Vargas Salazar;
  • 2.- Practíquese una Metapericia que permita revisar e interpretar los resultados de las pericias realizadas por los expertos de las Universidades de McMaster y Copenhague, la que deberá ser realizada únicamente por expertos propuestos por dichas instituciones;
  • 3.- Cítese a prestar declaración judicial a Peter Kornbluh, Director del Proyecto de Documentación de Chile en los términos solicitados por el querellante;
  • 4.- Cítese a declarar judicialmente a Eduardo Adolfo Arriagada Rehren sobre su trabajo de inteligencia en base al costridium botulinum y se le expongan los sucesos idénticos por los que fue condenado respecto de la víctima Archivaldo Morales Villanueva;
  • 5.- Despáchese orden de investigar a la Brigada Investigadora de Delitos contra los Derechos Humanos para que efectúe un análisis policial de todo este expediente y del Rol N° 6494-2019, con el objeto de establecer si existen similitudes entre los hechos que originan esta causa y aquellos que afectaron a Archivaldo Morales Villanueva;
  • 6.- Incorpórese copia íntegra del proceso Rol N° 6494-2019;
  • 7.- Ofíciese al Laboratorio de Criminalística Central de la Policía de Investigaciones de Chile para que realice un peritaje de regresión de edad de Eduardo Arriagada Rehren a la época de 1973”, ordena el tribunal de alzada.
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