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Ley de Protección al Empleo por coronavirus: ¿Quiénes podrán acceder a este programa?

Ley de Protección al Empleo por coronavirus: ¿Quiénes podrán acceder a este programa?
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La iniciativa fue promulgada este miércoles por el Presidente Sebastián Piñera en medio de la crisis sanitaria por coronavirus.

El Presidente Sebastián Piñera promulgó este miércoles la "Ley de Protección de Empleo", que permite el acceso a prestaciones del Seguro de Desempleo bajo circunstancias excepcionales y tiene la finalidad de proteger y dar seguridad a los ingresos laborales de las familias ante la pandemia del Coronavirus. 

Según estimaciones del gobierno el programa podrá ir en ayuda de 4 millones y medio de trabajadores que cuentan con este seguro. E implicará un esfuerzo de US$2.000 millones que serán destinados al seguro solidario de cesantía en caso que se requiera.

En qué consiste la ley y quiénes podrán acceder a este programa. Estas son algunas claves

¿En qué consiste?

La nueva ley establece que en situaciones donde la autoridad determine la paralización total o parcial de las actividades laborales o por mutuo acuerdo, se podrá suspender temporalmente el trabajo en la empresa, pero manteniendo el empleo, el contrato y todos los derechos laborales, como el pago de las cotizaciones por parte del empleador.

En este escenario, se suspenderá el pago de las remuneraciones por parte de la empresa y el trabajador pasará a recibir ingresos desde el seguro de cesantía. Esto le permitirá acceder durante el primer mes a una cobertura del 70% de su sueldo, la que irá disminuyendo los mese venideros acorde a sus ahorros. 

En caso de no contar o agotar los montos del seguro, comenzará a regir el fondo solidario.

Por otro lado, la ley permitirá la reducción de la jornada laboral en hasta 50%, compensando parte de la disminución de la remuneración de los trabajadores con recursos del Seguro de Cesantía.

En el caso de las trabajadoras de casa particular, la ley permite suspensión de las relaciones laborales, accediendo al beneficio de la indemnización a todo evento.

¿Qué requisitos deberán cumplir los trabajadores?

Debes saber que se trata de una medida excepcional a la que podrán acceder los trabajadores que registren tres cotizaciones continuas en los últimos tres meses inmediatamente anteriores al acto o declaración de paralización de actividades. 

También podrán acceder quienes registren un mínimo de 6 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los últimos 12 meses, siempre que a lo menos registren las últimas dos cotizaciones con el mismo empleador.

¿Qué pasa con las desvinculaciones por motivos de fuerza mayor?

La iniciativa surge en medio de la controversia por un dictamen de la Dirección del Trabajo que faculta a las empresas para suspender el pago de salarios. 

Al respecto, la ley prohibe durante seis meses, o bien, existiendo el Estado de Catástrofe, las desvinculaciones por fuerza mayor que invoquen como motivo de la pandemia del COVID-19.

Es por ello que una vez que se promulgue la ley, la DT deberá emitir un nuevo pronunciamiento. 

¿Cómo se apoyará a las empresas de menor tamaño?

Desde el gobierno explican que junto con apoyar a los trabajadores, uno de los objetivos es entregar ayuda las miles de empresas, particularmente las de menor tamaño, que se han visto fuertemente afectadas y que no cuentan con las condiciones necesarias para asegurar el pago a sus trabajadores.

Es por ello que destacan que esta ley les permitirá reducir sus obligaciones en este difícil momento, disminuyendo la probabilidad de cerrar o quebrar.

Esta medida forma parte del plan del Gobierno para la protección del empleo y el impulso de la economía, que significa una inyección inédita de recursos por un total de US$ 11.750 millones.

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