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Proyecto que rebaja multas de tránsito asociadas al no pago del TAG: ¿Qué establece la iniciativa?

Agencia Uno - TAG
Francisco Sepúlveda
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La ministra de Obras Públicas, Jessica López, destacó que “estamos hablando de un proyecto de ley que beneficia potencialmente a 600 mil vehículos”.

El proyecto de ley para rebajar las multas de tránsito por el no pago del TAG continúa avanzando. La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por unanimidad la iniciativa, quedando la idea habilitada para su promulgación.

Nueva ley rebaja 80% multas por no pago de TAG

La ministra de Obras Públicas, Jessica López, destacó que “estamos hablando de un proyecto de ley que beneficia potencialmente a 600 mil vehículos, y que hasta la fecha y con la rebaja del 80% significa el pago de US$110 millones –aproximadamente– que van en beneficio de los municipios”.

Lo que establece el proyecto

Posibilidad de rebajar la deuda

Establece la posibilidad de rebajar en un 80% las multas de tránsito asociadas al no pago de telepeajes y otorga la opción de pagar el menor monto entre el 20% de las multas o 100 UTM. Este beneficio solo aplica a la todas las multas del artículo 114 de la ley de tránsito (circular sin TAG) y las originadas por la infracción del artículo 42 de la ley de concesiones (no pagar la tarifa o peaje), asociadas a una misma placa patente, al momento de renovar el permiso de circulación.

Para acceder a este beneficio, el infractor no debe tener deudas de telepeaje con ninguna de las concesionarias de obras viales, lo cual se verificará mediante consulta al sitio electrónico único que crea la ley.

Sitio único de pago

El proyecto de ley establece que podrán pagar por este sistema todos los usuarios de autopistas, tengan o no contrato de televías, y el sitio deberá ajustarse a los requerimientos técnicos, operativos y con las medidas de seguridad que el MOP exija.

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Por otra parte, se establece que cada concesionaria aportará al costo del sitio electrónico proporcionalmente a su respectiva facturación, y las nuevas concesionarias de obras viales que dispongan de sistema electrónico de cobro también deberán adherirse a este sitio único. 

El sitio deberá ser creado, implementado y mantenido por un tercero elegido mediante licitación y deberá estar operativo seis meses después de haber sido publicado el reglamento de la ley.

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