Plebiscito 2020

Plebiscito 2020: ¿Cuáles son las excusas para no ser vocal de mesa?

Plebiscito 2020: ¿Cuáles son las excusas para no ser vocal de mesa?
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La nómina de vocales de mesa se dio a conocer durante este 3 de octubre, pero hay casos que pueden ser justificados para no cumplir esa función, en caso de que hayas sido seleccionado.

Este sábado 3 de octubre se dio a conocer la nómina de vocales de mesa y los llamados a ser miembros de los colegios escturadores para el Plebiscito del domingo 25 de octubre.

Además, en el portal del Servicio Electoral (Servel) se dio a conocer el local de votación para cada una de las personas habilitadas para sufragar en el Plebiscito 2020.

El proceso electoral definirá si Chile tendrá una nueva Constitución y, además, cuál sería el órgano encargado de redactar la Carta Magna.

En este buscador habilitado por el Servel, también da a conocer a quien consulta si fue seleccionado vocal de mesa. Si bien se considera una obligación cumplir con este trabajo, existen algunas causales para excusarse, las que puedes revisar a continuación.

¿Quiénes se pueden excusar de ser vocales de mesa?

  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Para este Plebiscito y según el Protocolo Sanitario elaborado por Servel, tener 60 años o más.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
  • Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las 6 semanas previas al parto y hasta 24 semanas siguientes a éste.

¿Cómo hay que excusarse de ser vocal de mesa?

Según lo indicado por el Servel, "quienes no puedan cumplir con el nombramiento como vocal el día de la elección, pueden presentar por escrito sus causales de excusa ante la Junta Electoral que les corresponda entre el lunes 5 y el miércoles 7 de octubre".

Cabe mencionar que las Juntas Electorales evaluarán cada caso de excusa para dar curso a la aceptación o rechazo de la solicitud.

De igual forma, el 10 de octubre se conocerá la nómina de vocales reemplazantes, quienes no podrán excusarse.

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