Política

Ex presidente de la Corte Suprema formula duro reproche a políticos investigados

Ex presidente de la Corte Suprema formula duro reproche a políticos investigados
Pablo Cádiz
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En fallo que decretó desafuero de Jaime Orpis, Milton Juica plantea que institucionalidad está "llena de reparos por las conductas reprobables de un número importante de autoridades que no han cumplido con el deber de probidad”.

En las próximas horas la fiscal Ximena Chong solicitará la formalización del senador Jaime Orpis en el marco del Caso Corpesca.

Esto luego que la Corte Suprema diera luz verde al desafuero del ex militante UDI por las imputaciones de delitos tributarios y cohecho.

La fiscalía pidió el desafuero de parlamentario señalando que en forma ininterrumpida -entre marzo del año 2009 y abril del año 2013- habría recibido a través de terceros un total de $ 264.254.120, lo que arroja un promedio de $5.285.082 mensuales. Pagos que para el Ministerio Público habrían comprometido la independencia de Orpis en el Senado.

Sin embargo el máximo tribunal rechazó desaforarlo por la imputación de Lavado de Activos, donde el Ministerio Público acusaba un "ocultamiento" de los dineros entregados por Corpesca a una decena de ex asesores del senador. Según el fallo, los argumentos "no son suficientes". 

No puede dejar de considerarse la situación actual de la institucionalidad chilena, llena de reparos por las conductas reprobables de un número importante de autoridades que no han cumplido con el deber de probidad
Milton Juica, ex presidente Corte Suprema

Este punto, sin embargo, se aprobó con el voto de minoría del presidente subrogante del tribunal, Milton Juica, y los ministros Haroldo Brito, Andrea Muñoz y Jorge Dahm, quienes fueron partidarios desaforar a Orpis por Lavado de Activos, pues existiría “la incuestionable y maliciosa incorporación a la economía de significativas sumas de dinero hasta ahora insuficientemente esclarecida”. 

Sin embargo, hay más que eso. En la resolución, Juica pide hacer presente sus argumentos para haber desaforado a Orpis por Lavado de activos, ocasión donde lanza una dura crítica a la clase política. 

Para el ex presidente de la Corte Suprema (2010-2012) “no puede dejar de considerarse la situación actual de la institucionalidad chilena, llena de reparos por las conductas reprobables de un número importante de autoridades que no han cumplido con el deber de probidad” consagrado tanto en la Constitución como en la Ley orgánica del Congreso. 

Juica agrega que las normativas antes citadas exigen “el mayor interés de la jurisdicción de atender claramente y sin ambages (rodeos) la preocupación justificada de la ciudadanía en sucesos de la naturaleza que investiga en este procedimiento el Ministerio Público”.

En materia legal, el ex titular del máximo tribunal plantea que existen “antecedentes vehementes de la existencia del delito de cohecho de cuyo producto se hicieron maniobras para, prima facie, establecer un ocultamiento o disimulación del origen ilícito de los dineros que se denuncian indebidamente recibidos” por Orpis. 

Esto, dice, “sin perjuicio del estado de inocencia que a pesar de dicha situación tiene asegurado el senador Orpis y que solo podrá ser vencida si la causa termina en sentencia definitiva”. 

Por otro lado, Juica enfatiza que la inclusión del delito de lavado de activos en el desafuero y una posterior formalización “no altera” la situación procesal de legislador, pero resulta “indispensable” para “no coartar la actividad investigativa del Ministerio Público”.

Los argumentos del magistrado que estuvo en contra de desaforar a Orpis por cohecho

En tanto, el magistrado Carlos Aránguiz expresó sus argumentos para considerar que se debía dejar sin efecto el desafuero por cohecho.

Aránguiz plantea que para formar causa se requiere “tener antecedentes congruentes y bastantes para el sostenimiento de una acción que puede afectar la presunción de inocencia” del imputado. 

Junto con esto expresa que “el sólo hecho de solicitar financiamiento para campañas o deudas políticas a privados no implica, por sí mismo, el inicio de ejecución de un delito semejante (cohecho)”.

“Esa conducta puede ser muy reprobable y hasta antiética, pero no es antijurídica penalmente”, señala.

En cuanto a los argumentos de la fiscalía en torno a que Orpis habría actuado como “emisario” de los intereses de Corpesca, el magistrado considera que “no se ha aportado ni siquiera bajo la fórmula de una oferta que esas actuaciones torcieron la voluntad del parlamentario, porque ellas pudieron ser realizadas, a pesar de todo, sin faltar a la independencia de su actuar y de su deber político”. 

Finalmente critica que la fiscalía busca que se forme una causa contra el parlamentario sobre la base de “conjeturas y suposiciones”. En especial cuando el fuero busca, precisamente, proteger a la función pública de “ataques destemplados o injustos”. 

 

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