Política

Senado rechaza obligatoriedad de negociar con sindicatos interempresa

Senado rechaza obligatoriedad de negociar con sindicatos interempresa
Pablo Cádiz
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Rechazo a indicación generó protestas en tribunas. Previamente, se aprobó la posibilidad de realizar "adecuaciones necesarias" en caso de huelga. Sigue votación de Reforma Laboral.

Desorden en las tribunas generó el rechazo por parte del Senado -con votos DC- de las indicaciones en torno a la negociación interempresa, contemplada en el proyecto de Reforma Laboral.

Ante las manifestaciones, el presidente del Senado, Patricio Walker, optó por desalojar a los dirigentes de la CUT, entre ellos su presidenta, Bárbara Figueroa y su vicepresidente, Nolberto Díaz.

En concreto se rechazó por 13 votos a favor y 15 en contra el artículo 362 que establece que "el sindicato interempresa podrá negociar conforme al procedimiento de negociación colectiva reglada del Título IV de este Libro, con las modificaciones señaladas en este Capítulo. En este último caso, la empresa estará obligada a negociar. Sin perjuicio de lo anterior, los sindicatos interempresa podrán negociar conforme lo dispuesto en el artículo 314 de este Código".

En el rechazo fueron clave los DC Andrés Zaldívar, Manuel Antonio Matta e Ignacio y Patricio Walker (revisa en este enlace el detalle de la votación). 

Del mismo modo se cayó (4 votos a favor y 23 en contra) el artículo 363 que establece los requisitos para la negoación colectiva del sindicato interempresa. 

La redacción del proyecto señalaba que "para presentar un proyecto de contrato colectivo en una empresa, el sindicato interempresa deberá contar con un total de afiliados no inferior a los quórum señalados en el artículo 227, respecto de los trabajadores que represente en esa empresa".

"En el caso que el sindicato interempresa cumpla la exigencia señalada en el inciso anterior, será obligatorio para la micro empresa negociar colectivamente cuando la organización sindical sólo afilie a trabajadores de micro y/o pequeñas empresas. Tratándose de pequeñas empresas, será obligatorio negociar cuando el sindicato sólo afilie a trabajadores de micro, pequeñas y/o medianas empresas", señalaba el texto rechazado por el Senado.

El desalojo de las tribunas

Aprueban "adecuaciones necesarias" en caso de huelga

Por 29 votos a favor, 1 en contra y cero abstenciones, el Senado aprobó la posibilidad de que el empleador pueda realizar “adecuaciones necesarias” de los funcionarios que no se encuentran sindicalizados en caso de huelga, de acuerdo a las funciones convenidas en sus contratos.

Se trata de una indicación que el Gobierno reincorporó la semana pasada tras la petición de senadores DC. Sin embargo, la redacción de este punto ha generado diversas interpretaciones, las que fueron parte del debate en la Sala. 

Parte del debate apuntaba a si, en caso de huelga, prevalecía lo que señalaba expresamente el contrato de trabajo o si primaba el denominado "principio de realidad", como había señalado hace unos días la ministra de Trabajo, Ximena Rincón. 

En este contexto,  la senadora del PPD, Adriana Muñoz, anunció su voto en contra planteando que “no he logrado disipar mis reparos que habrá por efecto de esta norma, en los hechos reales, trabajadores que estarán sentados en los puestos de otros que están en huelga.  Reorganizar el turno es un reemplazo interno”.

Por otro lado advirtió que la redacción abre espacios “al remplazo por la vía de la polifuncionalidad. En los hechos, esto redundará en que los contratos tendrán una amplia lista de funciones”.

Por su parte, el senador UDI Hernán Larraín manifestó que “estamos ante una norma que da lugar a interpretaciones diversas. Hay ambigüedad en esta disposición. Si en esta sala hay tres interpretaciones distintas, sin duda estamos cometiendo un grave error. Es indispensable determinar el sentido y alcance de esta norma”.

En tanto el DC Ignacio Walker dijo que “hay que ser claro y decir las cosas como son: algunos senadores de la DC dijimos que facilitaría que el gobierno reincorporara el concepto de adecuaciones necesarias. El gobierno lo repuso y eso lo valoro”.

“Huelga efectiva, sí. Los trabajadores del sindicato que están en huelga paralizan. Pero huelga efectiva no es sinónimo de paralización de una empresa”, agregó. 

Tras la aprobación de la indicación, la presidenta de la CUT, Bárbara Figueroa,  acusó "ambigüedad" en la norma y advirtió sobre una posible judicialización.

La ministra de Trabajo, Ximena Rincón
La ministra de Trabajo, Ximena Rincón

Titularidad sindical y extensión de beneficios

Durante la sesión de hoy en la mañana los senadores aprobaron por 22 a favor y 14 en contra las disposiciones en torno a la titularidad sindical, donde se reconoce a esta organización como el sujeto principal de la negociación colectiva, prohibiendo la existencia de grupos negociadores donde existan sindicatos. 

Junto con esto la Sala despachó por 19 votos a favor y 14 en contra el artículo 289, donde se considera como una práctica desleal el otorgar los beneficios de la negociación colectiva a los trabajadores no sindicalizados. Los senadores Andrés Allamand, Ignacio Walker, Juan Antonio Coloma, entre otros, acusaron que esta norma atentaría contra la libertad de afiliación y la libertad individual.