Nueva ley entró en vigencia: los trámites que ya no se tendrán que hacer en notarías
Desde el pasado 2 de abril de 2026, está vigente la Ley N° 21.772, que reforma el sistema notarial y registral en Chile. La normativa, conocida como la Ley de Notarías, busca reducir burocracia, facilitar trámites a distancia y quitarle a las notarías la exclusividad en una serie de gestiones que, hasta ahora, exigían pasar por sus oficinas.
Uno de los cambios más relevantes es que ya no será obligatorio hacer una docena de trámites en notarías, porque ahora podrán resolverse de otra forma, en varios casos mediante declaraciones simples, firma electrónica avanzada o gestiones digitales.
Qué trámites ya no pasan por notarías
Entre las gestiones que la ley "desnotariza" aparecen trámites de vivienda, empresas, administración pública y documentos privados. Según el Sernac, estos son algunos de los principales casos:
- los permisos de alteración de viviendas económicas
- las modificaciones de estatutos en sociedades anónimas deportivas
- las actas de asambleas en cooperativas
- la delegación de facultades del deudor para absolver posiciones en procedimientos concursales
- los acuerdos de asociaciones de pescadores.
También se eliminó la exigencia notarial para ciertos trámites ligados a concesiones y servicios, como la concesión de servicio público de distribución de gas, además de diversos trámites del Código de Aguas que puedan realizarse en línea.
En el ámbito administrativo, la ley reemplaza algunas exigencias notariales por mecanismos más simples. Por ejemplo, la acreditación de experiencia en concursos públicos podrá hacerse mediante declaración simple; también se podrán usar poderes simples para representación ante órganos de la administración del Estado; y, en general, en trámites ante organismos públicos ya no será necesaria firma ante notario, salvo que una ley lo exija expresamente.
A eso se suman otros cambios, como el poder suplente de agente de aduanas y el reconocimiento de firmas en documentos privados cuando utilicen firma digital avanzada, que también dejan de requerir el paso tradicional por notaría.
Más trámites desde la casa
La reforma además empuja la digitalización del sistema. El Sernac explica que ya no debería ser obligatorio ir físicamente a una notaría para varios procedimientos, porque la ley impulsa el uso de firma electrónica avanzada y documentos digitales.
La idea es que las personas puedan obtener copias de escrituras o certificados de forma remota y gratuita en muchos casos, evitando traslados y largas esperas.
Cambios en precios, horarios y atención
La nueva normativa también introduce precios máximos, que deberán ser fijados por los ministerios de Justicia, Hacienda y Economía, con una lista oficial de tarifas que las notarías no podrán sobrepasar.
Además, las notarías estarán obligadas a respetar horarios de funcionamiento, informar claramente sus precios y cumplir estándares mínimos de infraestructura y atención.
El nuevo rol del Sernac
Otro cambio importante es que el Sernac ahora puede supervigilar la calidad del servicio y el cumplimiento de la Ley del Consumidor en notarías.
Eso incluye reclamos por cobros indebidos, falta de información sobre precios, demoras injustificadas, incumplimiento de horarios y problemas de seguridad o publicidad engañosa.
Si detecta infracciones, el organismo puede denunciar a las notarías ante la justicia, con multas de hasta 300 UTM por cada infracción.

