Confidencial: Condenan a feria Primavera del Libro por discriminación contra editorial “de derecha”
Ex-Ante
T13 En Vivo
Qué observar. Ha sido un caso muy comentado en el mundo de la cultura. La editorial Entre Zorros y Erizos, representada por Sofía Abarca, ha publicado libros como Cabo Zamora, G3: Honor y Traición y General Schneider. Le dijeron que no podía participar en Primavera del Libro, porque iba contra su línea editorial.
- Abarca demandó a la Feria, pues cumplía con todos los requisitos. Y acaba de ganar el juicio.
- Para los efectos de la demanda, Primavera del Libro es organizada por la Asociación de Editores Independientes, Autónomos y Universitarios de Chile A.G., representada por Tamara Reyes.
Historia de una disputa. El libelo establece que, en el mes de agosto de 2023, la demandada realizó una convocatoria abierta a todo público para la realización de la feria “Primavera del libro 12°” que organizaba en conjunto con la Municipalidad de Providencia. La empresa Entre Zorros y Erizos SpA, postuló dentro de forma y plazo, pagando una suma de dinero por la inscripción.
- Sostiene que, transcurrida una semana, Abarca recibió un correo electrónico de la demandada informándole que su inscripción había sido inhabilitada, debido a que el catálogo bibliográfico de la editorial no responde a los lineamientos y propósitos de la asociación gremial.
- El catálogo de la editorial consiste en unos diez libros de índole político, filosófico y sociológico con visión liberal y conservadora que orbitan dentro del espectro político llamado “Derecha”. Pero nada de eso va contra los lineamientos declarados por Primavera del Libro.
- “Es más, es la misma demandada quien infringe sus propios objetivos al marginar a la editorial cuando señalan fomentar la diversidad cultural, la biblio diversidad desde una perspectiva humanista, promover el desarrollo de la industria editorial nacional, y elevar la valorización simbólica del libro en Chile”, dice el escrito legal.
LEA ESTE Y OTROS ARTÍCULOS DE EX-ANTE PULSANDO AQUÍ
Presencia de “izquierda”. El texto advierte que “si la justificación de la demandada es meramente política, lo cual constituiría una discriminación arbitraria por ideología u opinión política, en base a lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley N°20.609, cabe preguntarse cómo pudieron asistir a la feria editoriales del otro sector político (izquierda), sin ningún tipo de reproche por parte de la asociación gremial”.
- Añade que la misma demandada ha publicado que participaron más de 100 autores y 178 editoriales, marginando sólo a Entre Zorros y Erizos de una feria que recibe fondos públicos derivados de convenios municipales, como es el caso de la Ilustre Municipalidad de Providencia y el Ministerio de la Cultura, las Artes y el Patrimonio, con lo cual vulnera la Ley N°19.886.

Registro Civil aclara error en entrega de residencia definitiva a extranjeros: "Todas las cédulas fueron bloqueadas en forma definitiva"
Definición. El oficio concluye: “El principio de igualdad va necesariamente ligado al principio de no discriminación, los que se encuentran consagrados en diversos instrumentos internacionales, desde la Carta de las Naciones Unidas hasta los principales tratados de derechos humanos. En este sentido, la Declaración Universal de Derechos Humanos consagra en su artículo primero que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, norma replicada en el artículo primero de nuestra Carta Fundamental”.
- “Así, toda práctica discriminatoria es incompatible con el principio de igualdad y, por lo cual, en base al razonamiento vertido hasta aquí, queda de manifiesto que la actora fue víctima de un trato discriminatorio al ser excluida de la 12.ª Primavera del Libro 2023 sin justificación, y que ello implica que la demandada, al menos, ha conculcado la igualdad ante la ley, garantía que se encuentra contemplada en el N.º 2 del artículo 19 de nuestra Constitución, y que exige al Estado y a la sociedad en general, abstenerse de toda discriminación carente de racionalidad y justificación legítima”.
- La sentencia, del 30.º juzgado de Santiago, señala que “concurren los presupuestos de la acción deducida, desde que la demandada excluyó a doña Sofía Catalina Abarca Carrasco, en su vinculación con Editorial Entre Zorros y Erizos SpA, de la 12.ª Primavera del Libro, sin expresar una justificación suficiente para dicha decisión, afectando con ello su derecho a la igualdad ante la ley y no discriminación, consagrado en el artículo 19, N.º 2 de la Constitución Política de la República y protegido por la Ley N.º 20.609”.
- “En consecuencia, la demanda será acogida, condenándose a la demandada al pago de una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales a beneficio fiscal”, además de las costas.
Lea aquí el documento:
